De acuerdo con la normatividad federal, y el Reglamento para la Prestación del Servicio Social, el servicio social que prestan los estudiantes y egresados se trata de una actividad temporal y obligatoria, fomentando una conciencia solidaria con la comunidad y la sociedad con el propósito de contribuir a la formación social y profesional del estudiante.
La prestación del servicio social permite al estudiante y a la Universidad reintegrar a la sociedad parte de los apoyos que el estudiante recibe para su formación profesional, por lo que en la asignación de programas se privilegian aquellos enfocados al servicio comunitario.
El proceso de Servicio Social de la Facultad de Ciencias Exactas, se realiza con transparencia, eficiencia y en un marco de mejora continua.
Propiciar la formación integral del estudiante universitario conscientes de las circunstancias sociales y de las necesidades de responder con sus conocimientos científicos a la búsqueda de soluciones a problemas que enfrenta la sociedad, propiciando que su trabajo se convierta en acciones en bienestar de las comunidades más vulnerables, con actitud emprendedora y capacidad creativa, utilizando el conocimiento y su participación en el mejoramiento de su entorno.
Ampliar y fortalecer el modelo educativo a través de la formación de estudiantes críticos, coherentes axiológicamente con su profesión, dignificando el servicio social con los avances tecnológicos, científicos y de investigación que coadyuven a la prestación del servicio social eficiente.
Operar el PISS (Proceso Institucional de Servicio Social) como un factor de vinculación de las funciones sustantivas en la UJED y así formar integralmente a los alumnos, reforzado las actitudes solidarias con la comunidad.
Apoyar el desarrollo de las comunidades más vulnerables.
Reformar y actualizar la normatividad referente al servicio social para que sea acorde al contexto social y privado.
ARTÍCULO 53.- Se entiende por servicio social el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado.
ARTÍCULO 55.- Los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años.
Tu proceso de Servicio Social puede cancelarse por los siguientes motivos:
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Dora Isela Espino Vázquez
Cubículo de Coordinación